Guía práctica

Qué hacer si te notifican un crédito fiscal.

Recibir la notificación de un crédito fiscal no significa que la empresa deba pagar de inmediato sin revisar el acto. Pero sí exige actuar con rapidez, porque los plazos de defensa pueden correr desde la notificación.

Primer riesgo

Dejar pasar el plazo para impugnar o revisar la legalidad del acto.

Primer paso

Identificar fecha de notificación, autoridad emisora, monto y origen del crédito.

Decisión clave

Definir si conviene pagar, aclarar, recurrir o demandar la nulidad.

Qué es un crédito fiscal.

Un crédito fiscal es una cantidad que una autoridad considera exigible al contribuyente o particular obligado. Puede derivar de impuestos omitidos, derechos, aprovechamientos, actualizaciones, recargos, multas o revisiones practicadas por la autoridad.

No necesariamente nace de la omisión de impuestos. También puede originarse, por ejemplo, en la falta de pago de derechos por el uso, explotación o aprovechamiento de aguas nacionales; en cuotas obrero-patronales o aportaciones de seguridad social determinadas por autoridades competentes; o en derechos y aprovechamientos derivados del uso de bienes del dominio público, permisos, autorizaciones o concesiones administrativas.

El punto crítico no es únicamente el monto. También importa cómo fue determinado, si la autoridad fundó y motivó correctamente su resolución, si respetó el procedimiento y si la notificación fue legalmente válida.

Primeras acciones al recibir la notificación.

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    Conservar íntegro el documento recibido, sus anexos, citatorios, constancias y cualquier actuación relacionada con la diligencia.

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    Si las circunstancias lo permiten, documentar la diligencia. Puede ser útil grabar audio o video sin interferir con la actuación y pedir que las personas notificadoras se identifiquen con nombre, cargo, adscripción y documento oficial.

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    No hacer manifestaciones, explicaciones, reconocimientos, bromas ni comentarios informales frente a los notificadores. Una frase dicha sin cuidado puede asentarse, interpretarse fuera de contexto o afectar la estrategia posterior.

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    Limitarse a proporcionar la información estrictamente requerida para la diligencia. No conviene entregar documentos adicionales, explicar hechos, reconocer adeudos o discutir el fondo del asunto en ese momento.

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    Una vez concluida la diligencia, contactar de inmediato a un abogado fiscalista o a ContenciosoMX para revisar la notificación, identificar plazos, valorar riesgos y definir la estrategia de defensa.

Errores frecuentes.

Uno de los errores más comunes es proporcionar información que la autoridad no pidió, con la intención de mostrar buena fe o de “aclarar” la situación durante la diligencia. Esa información puede terminar asentada en el acta, interpretarse fuera de contexto o revelar puntos que después compliquen la defensa.

También es riesgoso tratar de llegar a un acuerdo informal con los notificadores o explicarles por qué ocurrió la omisión. Los notificadores no están ahí para negociar el fondo del asunto; su función es practicar la diligencia. Cualquier comentario puede documentarse y convertirse en un dato útil para la autoridad.

Otro error frecuente es no buscar asesoría especializada de inmediato, bajo la idea de que el asunto puede resolverse presentando una declaración complementaria, entregando documentación aclaratoria o haciendo una gestión informal para evitar los costos de un juicio.

Cuando ya existe un requerimiento, una notificación o una actuación formal de la autoridad, normalmente el asunto dejó de ser preventivo. La autoridad ya cuenta con indicios, información o una posición preliminar, y puede tener la intención de determinar un crédito fiscal. Por eso, antes de entregar información adicional o hacer manifestaciones, conviene revisar el expediente, los plazos y la estrategia de defensa.

Opciones de defensa.

Cuando la autoridad requiere información, practica una diligencia o notifica una actuación formal, normalmente está construyendo un posible crédito fiscal con la información que recaba. Por eso es importante no proporcionar datos, documentos o explicaciones que no hayan sido estrictamente requeridos.

Las opciones de defensa pueden variar según la etapa del procedimiento. En términos generales, pueden incluir el recurso de revisión o el medio de defensa administrativo que corresponda, el juicio de nulidad ante el tribunal contencioso administrativo competente, o el juicio de amparo cuando exista una afectación constitucional o una actuación de autoridad que lo justifique.

La mejor estrategia no se define en abstracto. Debe partir de un análisis objetivo de lo que la autoridad está buscando, la información que ya tiene, lo que puede encontrar, los plazos disponibles, la forma en que se practicó la notificación y el impacto patrimonial u operativo para el contribuyente.

Antes de entregar información adicional, presentar aclaraciones o intentar corregir el problema mediante una declaración complementaria, conviene revisar si esa actuación ayuda a la defensa o si, por el contrario, fortalece la determinación del crédito fiscal.

Revisión inicial del caso.

Si ya recibiste la notificación de un crédito fiscal, conviene revisar el acto cuanto antes para determinar plazos, riesgos y posibles vías de defensa.